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La Consejería de Sanidad ha modificado la resolución inicial como respuesta a las protestas del sector

El DOE ha recogido este viernes una resolución que modifica la publicada el pasado día 18 por la que se decretaba el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas. Como medida más importante, la nueva resolución indica que estos locales sí podrán permanecer abiertos hasta la 1 de la madrugada, igual que el resto de la hostelería, siempre que dispongan de terraza y la actividad se realice exclusivamente en esta, y no en el resto del local.

La modificación publicada ayer, además, aclara que los locales afectados por la orden de cierre son aquellos contemplados en el Grupo E del artículo 4 de la Orden de 16 de septiembre de 1996, es decir, discotecas, salas de baile, cafés-teatro, cafés-concierto, salas de fiestas con espectáculos y tablaos flamencos, que realizan su actividad preferentemente por la noche y cuyo horario de cierre en verano se alarga hasta las 5 horas.

Por último, se especifica que los eventos multitudinarios para los que se necesita autorización previa son aquellos que reúnan a más de 500 personas, y se exceptúan de esta obligación a las celebraciones de bodas, bautizos, comuniones y eventos similares.